Llegó la Doctrina Villarruel a tribunales

La Sala I de la Cámara Federal porteña, integrada por los jueces Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, recogió nuevamente “la teoría de los dos demonios” y ordenó la reapertura de una causa que ha sido siempre de sumo interés para Victoria Villarruel y de quienes la acompañan en la tarea de intentar juzgar a militantes de los años ´70 para luego conseguir un “empate de impunidad”, que conlleve no seguir investigando los crímenes de la dictadura y lograr la consecuente libertad a los genocidas presos.

En la sentencia se establece que hay que investigar el atentado a la Superintendencia de la Policía Federal -ex “Coordinación Federal”, ubicada en la calle Moreno al 1400 de la Ciudad de Buenos Aires- ocurrido en plena dictadura el 2 de julio de 1976, una acción que es atribuida a la organización Montoneros. Se revoca el sobreseimiento de quienes fueron (arbitrariamente) involucrados y, para lograr impacto mediático, se ordena la indagatoria a Mario Eduardo Firmenich.

Independientemente de la valoración que se tenga del hecho, hay que tener en cuenta que esta causa recién se inició cuando se anularon las leyes de Punto Final y Obediencia Debida como una estrategia compensatoria y fue rechazada por todos los estamentos de la Justicia. “La causa se inició en agosto de 2003 como una reacción a la decisión del Congreso de anular las leyes que impedían el juzgamiento de los responsables de los crímenes perpetrados por la última dictadura. En ese momento, la empresa no tuvo éxito: la jueza María Servini dijo que no era un crimen de lesa humanidad y, por ende, había prescripto. En 2012, la Corte Suprema validó lo resuelto por la magistrada”, refiere la periodista Luciana Bertoia en Página/12, y explica la estrategia de la asociación pro genocidas que la impulsa: “Justicia y Concordia volvió a la carga en 2021 cuando soplaban nuevos vientos, sobre todo con la llegada de Javier Milei y Victoria Villarruel al Congreso. Justicia y Concordia es la misma asociación que impulsa el hábeas corpus para que los represores vuelvan a sus casas”.

Ahora la causa volvió al juzgado Federal 1 de la Dra. Servini con este pesado veredicto donde se cambia el criterio sobre imprescriptibilidad rotundamente, siendo que en estos años se había establecido la necesaria participación del Estado o su aquiescencia para darle esa categoría a hechos ocurridos durante la dictadura cívico militar, o en lo que fue su antesala con el funcionamiento de la Triple A y otras bandas paraestatales.
El fallo no cumple las mínimas formalidades jurídicas, tampoco los razonamientos básicos para abonar la grave conclusión a la que llega y así tirar por tierra todo lo construido por años en la lucha contra la impunidad. Desde ahora pretenden que haya dos bandos con iguales “derechos”.

Los jueces de la Sala I establecen a “la verdad” como valor supremo a restaurar, pero tan ensimismados estaban en buscar “la verdad”, que se olvidaron de -mínimamente- chequear datos: si las personas están vivas para afrontar un proceso, se cita a muertos y desaparecidos por la dictadura; ni siquiera se fijaron si los imputados integraron alguna vez la organización Montoneros, por ejemplo.

Usan la “teoría de los dos demonios” en el sentido más macabro, diciendo que las víctimas del atentado no tuvieron una investigación y reclaman verdad. Una manipulación total de argumentos.

Como señalamos, este hecho ocurrió en el primer año de la dictadura más feroz que se extendió hasta diciembre de 1983, pero teniendo allí completo control del aparato de Estado, jamás les interesó ni la justicia, ni la verdad o la mera investigación de los hechos. Solo se inició un simple sumario judicial, no hubo denuncia judicial. A las Madres les rechazaban los hábeas corpus, a ellos no les hubiese pasado lo mismo. Teniendo todo el poder, en los días posteriores al hecho desataron una verdadera cacería con sus propios métodos: eligieron los secuestros, la tortura, los procedimientos clandestinos más brutales.

Uno de los puntos que convierte a este fallo en una afrenta es que jueces que han participado en decenas de causas de lesa humanidad, acá llamativamente se olvidan de mencionar que en ese lugar funcionaba un centro clandestino de detención. Un campo de extermino donde fueron torturadas decenas de personas, incluso niños, y por el cual se han realizado varios juicios. Imaginemos que se discutiese un atentado contra Auschwich y los jueces se olvidaran de mencionar siquiera que allí funcionó un campo de concentración; sería, como mínimo, extraño.

Como si fuera poco, para poder reabrir la causa, dicen que el Estado argentino está obligado a investigar porque así se señaló en la jurisprudencia sentada en el ámbito internacional en la causa AMIA. Otro argumento insólito. Cualquiera que, aun no siendo juez, vea series o lea algún libro, sabrá que en la causa AMIA el Estado tiene participación. Mirando Netflix se pueden enterar de la historia de “Iosi”, ese “pluma” (agente de inteligencia de la Policía Federal) que se infiltró para sacar información y pasársela a sus superiores. Podrían conocer que agentes de la SIDE “perdieron” valiosos casetes con escuchas. Podemos continuar la lista, pero confiamos que quienes nos leen están más informados que los jueces.

La analogía intentada para instar la causa no tiene ninguna similitud, ya que la participación del Estado o su aquiescencia no está demostrada ni mínimamente sugerida en el atentado a la Superintendencia.
No buscan verdad, buscan la impunidad de los genocidas; porque si el objetivo fuese la mentada “verdad” podrían exigir abrir los archivos de la dictadura, como hacemos quienes verdaderamente peleamos por memoria, verdad y justicia. De hecho, la medida inmediata que dispone es una citación a indagatoria, cuando ese es un acto de defensa de las personas, sin obligación de decir verdad pues nadie está obligado a declarar contra sí mismo.

Para finalizar solo diremos que también aceptan como querellante a un genocida condenado como Eduardo Kalinec. No les falta nada en el armado de su provocación.

Con los argumentos esgrimidos en este fallo que, como dijimos, no tienen ningún contenido jurídico, sino que es totalmente político ya que recoge lo que podríamos llamar la “Doctrina Villarruel”: todo acto de resistencia contra la dictadura, toda acción que se les ocurra denunciar a los propios genocidas, puede ser juzgado. Los límites de su aplicación son totalmente difusos.

Debemos estar alertas porque primero van por “los dos demonios”, hasta que logran quedarse con uno solo. Y hay que impedirlo.