16 de julio de 2024 – 09:43
La ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, recurrió a la Corte Suprema para no entregar alimentos a los comedores comunitarios vinculados con organizaciones sociales. Lo hizo en una causa penal en la que el juez Sebastián Casanello y seis camaristas de dos instancias ya sostuvieron que debe presentar un plan y distribuir los productos que tiene acopiados en dos galpones, no solo la leche en polvo que estaba a punto de vencer. Todos estos magistrados coincidieron en que el Gobierno tiene que garantizar el derecho a la alimentación.
Pettovello hizo su nueva jugada justo cuando otro juez, pero del fuero contencioso administrativo, Walter Lara Correa, dictaba una medida cautelar en la que le ordenó que aplique y ejecute los tres programas alimentarios que ella misma reconoció como vigentes, pero que incumple. Es más, le dijo que ni siquiera es que necesita más plata para esto sino usar la que tiene.
A la Corte
En la causa penal que tramita en Comodoro Py Pettovello fue denunciada por interrumpir, desde su desembarco en el poder, la entrega de alimentos o fondos a comedores y merenderos populares. La presentación original la hizo Juan Grabois y la Asociación El Amanecer de lo cartoneros –que atiende a 320 comedores– fue aceptada como querellante. El Centro de Estudios Legales y Sociales participa como tercero (amicus curiae). Casanello y la fiscala Paloma Ochoa apuntan a establecer si la ministra y equipo incumplieron sus deberes como funcionarios, abusaron de su poder o cometieron algún otro delito. En el medio del trámite de la causa se supo que Capital Humano acumulaba casi 6.000 toneladas de comida en dos galpones, uno en Villa Martelli y otro en Tafí Viejo, en Tucumán. Entre los productos había algunos vencidos y otros, en especial leche en polvo, a punto de vencer. Esto dejó a la vista que mientras miles de familias sufren hambre, el gobierno acopiaba comida. El juez consideró que debía dictar una cautelar para frenar un posible delito y/o sus efectos.
Hasta entonces el argumento de Pettovello era que había cortado la entrega de mercadería y de fondos a comedores y merenderos populares por supuestos desmanejos. Decía rechazar que haya intermediarios. Lo que no quiere es que intervengan las organizaciones sociales, a las que el gobierno demoniza, y por eso castiga a quien no tiene para comer en tiempos en que la pobreza y el desempleo aumentan. Capital Humano le respondió a Casanello dos cosas: que había delegado el reparto de la leche en la fundación Conin, del antiderechos Abel Albino, aunque no le importó que fuera un intermediario; y que para repartir el resto convocó a los ministerios de desarrollo social de las provincias para que distribuyan solo en escuelas vulnerables. Hasta ahora envió 465.464 kilos de leche en polvo que vencía ahora en julio y 4.339 kilos de harina de maíz a través de Conin a entidades y comedores vinculados a esa fundación; y entregó a Santa Cruz, que le reclamó ayuda por ola de frío, 21.168 unidades de arroz con carne, 21.168 de locro, 7.200 de pasta de maní, 2.520 unidades de aceite y 1.200 frazadas de una plaza.
Mientras le daba respuestas parciales al juzgado, el ministerio de Capital Humano apeló una y otra vez, con el argumento de que considera que la política alimentaria es una asunto no judiciable y que el Casanello violó la división de poderes al exigirle un esquema que garantice el reparto del alimento. La sala II de la Cámara Federal (Eduardo Farah, Roberto Boico y Martín Irurzun) y la de Casación Penal (Alejandro Slokar, Angela Ledesma y Guillermo Yacobucci) avalaron en forma unánime, ambas, la orden del juez de primera instancia. Ahora Pettovello fue a la Corte con el mismo argumento, representada por la abogada Leila Gianni, el abogado Ariel Romano y el procurador del Tesoro, Rodolfo Barra.
El recurso extraordinario dice que hay «una intromisión» «abusiva» del Poder Judicial que «afecta y condiciona el ejercicio de una competencia propia de la Administración Pública Nacional respecto de la política pública», insiste en que los alimentos guardados son para «situaciones de emergencia» pero se «desvían de esa finalidad por la apreciación de otro poder (judicial)», que lo que hizo el juez «impide el normal de una política pública» y que «afecta inmediatez de la función administrativa y concretamente en contra del interés público comprometido». Sostiene el Poder Judicial lo está obligando a cambiar su «política alimentaria». A lo que agrega la clásica frase que dice que es un asunto de «gravedad institucional». Para el gobierno la gravedad no es interrumpir la alimentación sino que un juez le diga que debe reanudarla.
La apelación
El recurso ante la Corte de Capital Humano fue presentado el viernes último, el mismo día que dictó la medida cautelar el juez en lo contencioso administrativo Lara Correa en un amparo colectivo iniciado por el CELS y la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP), al que se sumaron otras entidades y la defensora Florencia Plazas en representación de los niños, niñas y adolescentes que asisten a los comedores comunitarios. Aunque se trata de un expediente distinto al penal, parece ser complementario y desmentir lo que plantea el ministerio de Pettovello ahora ante la Corte. Porque este juzgado la intimó a que cumpla los programas alimentarios que la propia cartera dice que están vigentes, pero que no respeta: Plan Nacional Argentina contra el Hambre, Programa Nacional Alimentar Comunidad y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). En algunos casos se implementaban a través de la entrega de fondos con rendición de cuentas exigida y en otros con distribución de alimentos secos directo para los comedores.
Son planes que vienen del gobierno anterior, pero que representan la continuidad de otros previos con larga historia, desarrollados a partir de la sanción de dos leyes: la 25.724 que estableció el Plan Nacional de Seguridad Alimentaria (a raíz de la emergencia alimentaria declarada en 2002, que continúa) y la 27642 de Promoción de la Alimentación Saludable. Pero incluso el Programa con Naciones Unidas se remonta a un acuerdo que fue aprobado por la ley 23.396 en 1986.