El caso ocurrió en 2020 en La Rioja. Una empresa de correo despidió a un empleado al acusarlo de sustraer una computadora. Un Juzgado dijo que nunca presentó pruebas del hecho y falló a favor del empleado: $86 millones de indemnización.
Una empresa privada de correos deberá pagar una cifra millonaria como indemnización a un ex empleado al que había acusado de haber sustraído una computadora y motivo por el cual lo había despedido.
El caso ocurrió en 2020, en plena pandemia cuando la empresa de correos Ocasa despidió a un trabajador al haber sostenido que el empleado había sustraído una notebook y también otros elementos. En septiembre de 2020 el empleado denunció a la empresa por despido injustificado y cuatro años después la Justicia falló a favor del empleado por lo que ahora la empresa deberá pagarle una indemnización de más de $86.000 millones.
El juez de Trabajo y Conciliación del Juzgado N° 1, Eduardo Leguizamon León fue quien estuvo a cargo de la causa y dialogó con Riojavirtual sobre este resonante caso.
«En este caso, a un trabajador que era encargado de un depósito, la empresa Ocasa le imputó la sustracción de una notebook y de otros elementos, un termo entre ellos. La empresa le hizo un acta notarial para despedirlo por pérdida de confianza por referirle que él había sustraído o que por su accionar como encargado se pierden o desaparece una computadora y otros elementos», comentó el magistrado.
Leguizamón León agregó que la empresa Ocasa «decía que tenía pruebas fílmicas y otras más que demostrarían que este hecho había ocurrido». «Hay una orfandad probatoria de quien acusa, no se presentaron los videos, ni se presentó la cinta magnetofónica. No se presentó ninguna de las pruebas, ni siquiera la prueba documental, que decían tener. Solo se presentó el acta notarial con la cual se lo despide al trabajador», afirmó.
El juez precisó que la cifra de la indemnización supera los $86 millones. «La indemnización para el trabajador es de $86.105.000. Es una cifra que actualiza el salario del trabajador por todos los años que él se desempeñó en la empresa y que luego hay que actualizar. Esto se actualiza a través de una ley que ya no está vigente pero que al momento de la denuncia sí estaba vigente», indicó.
Aún la empresa puede apelar a otras instancias el fallo.
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