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Dictaminaron que puedan comprar dólares libre de impuestos para pagar un tratamiento médico en EE.UU.

El fiscal federal N° 8 de Buenos Aires, Fabián Canda, dictaminó que debe admitirse el amparo iniciado por un matrimonio para que se les autorice la compra de dólares, libres de impuestos, a fin de solventar el tratamiento médico de su hija de 12 años en una clínica de los Estados Unidos.

El representante del Ministerio Publico Fiscal consideró también que la autorización debe tener carácter definitivo, para no afectar el derecho a la salud y a la especial protección que tienen los niños/as y las personas con discapacidad.

El caso de la nena

Los padres de la niña, que padece una enfermedad cardíaca congénita, interpusieron acción de amparo contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) y el Banco Central (BCRA), para que se declare la inaplicabilidad del capítulo 6 de la ley 27.541, de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, y de las normas sobre “Exterior y Cambio” emitidas por la Comunicación BCRA “A” 6844 y complementarias.

Aquella solicitud tiene como fin de que se los autorice a adquirir moneda extranjera, al tipo de cambio oficial, sin que se les cobre el impuesto Pais ni se les apliquen las percepciones de los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales, para solventar el tratamiento de su hija en una institución médica ubicada en los Estados Unidos, y en la cual es atendida desde 2015.

Oportunamente, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°2 admitió la pretensión, y el 26 de abril pasado hizo lugar al amparo y ordenó que se autorizara a los actores el acceso al mercado cambiario para adquirir los dólares necesarios para afrontar el tratamiento, sin que se les practicase ninguna percepción impositiva.

Asimismo, dispuso que dicha autorización fuera por el plazo de tres meses o hasta que se dictara la sentencia definitiva. Esa medida fue apelada por las demandadas, pero confirmada por la Sala V de la Cámara del Fuero, en mayo pasado.

Sin embargo, los actores denunciaron el incumplimiento de la medida cautelar concedida.

La opinión de la fiscalía

Si bien oportunamente el BCRA informó que los actores ya habían podido adquirir el dinero necesario, el fiscal Canda consideró que debía expedirse sobre la cuestión, dada la naturaleza de los derechos en juego y las particularidades del caso.

En su dictamen, el representante del Ministerio Público entendió que debía hacerse lugar al amparo interpuesto y “acordar carácter definitivo a las autorizaciones oportunamente concedidas, para adquirir la cantidad de moneda extranjera necesaria para solventar los gastos que demande el tratamiento, alojamiento y gastos diarios de la menor y su familia en el exterior”.

Al respecto, señaló que estaba acreditado el diagnóstico médico de la niña y su atención. También destacó que la Afip no niega que los gastos que demande el tratamiento médico están excluidos del pago de impuestos, y que el BCRA reconoció que la normativa cambiaria vigente tampoco establece restricciones al mercado de cambios para cursar pagos de ese tipo.

El fiscal fundamentó su dictamen en el derecho a la salud -relacionado con el derecho a la vida- y en las “convenciones internacionales que reconocen que los niños y las personas con discapacidad se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad, que requiere una mayor protección por parte del Estado, a fin de garantizarles el goce de los derechos humanos fundamentales allí contemplados”.