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Dirigentes del SUPA Chubut acusados de extorsión fueron absueltos

La jueza penal de Rawson, Ana Karina Breckle, dictó el sobreseimiento total y definitivo de los integrantes de la Comisión Directiva de del SUPA Chubut: Alexis Gabriel Gutierrez, Bruno Nicolás Igor Vera, Claudio Villarroel, José Gabriel Zambrano, Juan Carlos Cipriano Inalef y Cristian Antonio Pérez, quienes fueron perseguidos penalmente por la presunta comisión de los delitos de extorsión y asociación ilícita, según precisa la sentencia N° 1152/2024, según revela PARTE DE PESCA.

El Ministerio Público Fiscal no solo no acusó, sino que fue quién solicitó el sobreseimiento “sobre todos los hechos, conductas e imputaciones” que inicialmente sostuvieron los denunciantes y la fiscal actuante promovió pidiendo la detención de los acusados.

El procurador Fiscal, Dr. Juan Leonardo Cheuqueman, demolió cada uno de los argumentos que en la apertura de investigación había sostenido la fiscal general Florencia Gómez. Y, la jueza Breckle hizo un fuerte llamado de atención a la Fiscalía por su actuación en el proceso: “estimo necesario exhortar al MPF que, en casos como el presente, antes de realizar cualquier tipo de imputación que pueda vulnerar abiertamente derechos de los trabajadores o de sus representantes gremiales recabe objetivamente todos los elementos necesarios para poder realizar previamente un análisis legal, objetivo y suficiente”, reprochó.

Sin elementos para sostener la acusación 

El Fiscal requirió el sobreseimiento de todos los imputados “luego de las distintas medidas realizadas del cual se pudo determinar que los imputados antes de ser integrantes del SUPA fueron empleados de varias empresas de los denunciantes y que cuando pasaron a pertenecer al gremio, realizaron varios reclamos laborales legítimos”, subraya Cheuqueman.

Agregó que “todo comenzó con un conflicto laboral entre las partes. El gremio SUPA realizó un paro legítimo de la actividad portuaria con el fin de llegar a un acuerdo laboral de las condiciones requeridas por este en beneficio de sus afiliados, y luego de ello, se logró continuar de manera regular las actividades laborales conforme acuerdo realizado entre el gremio y los empleadores”, precisa el procurador.

De todo el expediente, el fiscal sostuvo que “no existen nuevos elementos que surjan de la investigación que permitan cumplimentar los requisitos objetivo y subjetivos que requiere la figura penal imputada a cada uno de los encartados”, advierte al dar cuenta que no tiene elementos para sostener la acusación por lo que pidió sobreseerlos a todos.

Los denunciantes fingieron demencia 

La jueza describe en la página 23 del fallo un dato por demás significativo sobre el que funda la sentencia de sobreseimiento al indicar que a través de un acta notarial fechada el 29 de julio de 2024, “los denunciantes Raúl Matías Cereseto, en representación de RV S.A.; Rafael Alejandro Suárez en representación de Estibajes Suarmo S.A.; Ezequiel Jaroslavsky en representación de Don Gerónimo SRL; Sergio Gustavo Pantano en representación de Scarico SRL y Leandro Ezequiel Álvarez en representación de Trekan SRL (la empresa del comodorense Luis ‘Mono’ Santander) y los imputados han arribado a un entendimiento sobre las distintas y contrarias posiciones asumidas en la causa con relación a los hechos investigados”.

En esa acta notarial a la que refiere la magistrada, “entienden, aceptan y reconocen que el conflicto penal suscitado ha sido motivado fundamentalmente por desinteligencias propias de los roles disimiles que cada uno ocupa en la actividad que nos vincula”.

Así, los denunciantes advierten que “los hechos que motivaron la instancia de la acción fueron consecuencia directa de una errónea interpretación de los hechos, yerro que motivó a realizar denuncias penales que formaron parte de la investigación preparatoria”, transcribe la sentencia. Donde los denunciantes agregan y dicen: “En suma, las conversaciones mantenidas nos persuaden de modo suficiente, y en definitiva, que no se cometió delito alguno…”.

En la sentencia, la jueza Breckle añade: “Corresponde, atento lo manifestado por los defensores el sobreseimiento total y definitivo de cada una de las personas imputadas por todas las denuncias achacadas, más las que fueron expresadas en los distintos pedidos de medidas ante la judicatura, de hecho, corresponde tener por ‘desinteligencias’ a toda denuncia o manifestación que dependan de este caso y que el acusador haya generado un legajo distinto al legajo principal”, puntualiza. En ese lote de acusaciones que no llegaron a ser imputaciones, está el incidente en el que ‘Tato’ Cereseto les atribuyó el incendio de su camioneta RAM en febrero de este año. (Fuente: Parte de Pesca)