Este domingo 7 de mayo los chilenos y chilenas tendrán que votar para elegir a los representantes del nuevo Consejo Constitucional, órgano encargado de acordar una propuesta de Nueva Constitución. Se trata de elecciones obligatorias para todos los que estén empadronados en el país, esta vez, sin necesidad de inscribirse.
Se estima que serán cerca de 15 millones de personas las que están autorizadas a sufragar y habrá 353 candidatos y candidatas que busca uno de los 50 escaños que tendrá el nuevo órgano constituyente.
Además, son cinco las listas que presentan candidatos al Consejo Constitucional y solo dos de ellas están compuestas por un partido único. Las otras tres tienen alianzas de partidos políticos que buscan mejorar sus posibilidades en los comicios.
El sufragio es obligatorio para los electores y electoras en Chile. Por lo que una de las preguntas más importantes es ¿Quiénes votan en la Elección del Consejo Constitucional del 7 de mayo 2023? La respuesta es “todos quienes estén habilitados para sufragar según el padrón electoral definitivo en Chile. Esto significa que los chilenos con domicilio electoral en el exterior no podrán hacerlo. Lo que da respuesta a la inquietud que cientos de chilenos en Río Gallegos han consultado en los últimos días en las páginas oficiales y en el Consulado de Chile.
De acuerdo a la Ley N° 20.960 que regula el Derecho a Sufragio en el Extranjero, los chilenos con domicilio electoral en el extranjero solo pueden participar en Primarias Presidenciales, Elecciones Presidenciales y Plebiscitos Nacionales, pero no así en esta oportunidad. Por el contrario, sí podrán hacerlo en diciembre cuando se decida la aprobación o el Rechazo a la nueva Constitución reformada.
Es importante que los chilenos residentes en nuestro país revisen sus datos electorales. Esto puede hacerse ingresando su RUN en consulta.servel.cl para determinar el real domicilio electoral.
¿Qué sucede si el domicilio electoral está en Chile pero vive en nuestro país y no puede votar el 7 de mayo? La respuesta es corta: El sufragio será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile. El elector que no sufragare será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales, lo que representa aproximadamente 30 mil pesos chilenos.
Según indicaron desde el Gobierno, no se incurrirá en esta sanción al elector que haya dejado de cumplir su obligación por enfermedad, ausencia del país, encontrarse el día de la elección en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de su domicilio electoral o por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica.
El Servicio Electoral de Chile realizará la denuncia de los electores que no votaron al Juzgado de Policía Local correspondiente, posterior a la elección, para lo cual se tiene un año de plazo para justificar. Como medio de prueba, se sugiere solicitar el certificado de viaje extendido por la Policía de Investigaciones (PDI), opción trámites particulares en la página web https://www.pdichile.cl/trámites-online/certificado-de-viajes