La norma, sancionada por la Legislatura bonaerense el 12 de abril último, sostiene que el acceso al agua es un derecho y -además- una de las principales estrategias para mitigar la intoxicación alcohólica.
Así, todo establecimiento o lugar, fijo o móvil, que se encuentre habilitado para la venta o expendio a cualquier tipo de bebida alcohólica, deberá proveer y garantizar el acceso gratuito al agua potable suficiente y sin límite alguno.
A su vez, los establecimientos que brinden servicio de mesa o barra (bares, restaurantes, cantinas, etc.) deberán garantizar en la mesa de sus clientes una jarra o botella de al menos 250 cc; colocar señalética clara donde se comunique e informe sobre la gratuidad del acceso al agua, e incentivar su consumo como práctica de reducción de daños ante el consumo de alcohol.
Los dispositivos o receptáculos de acceso libre y gratuito al agua, deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos: estar correctamente señalizados, visibles, de acceso libre sin dificultades ni demoras; ser aptos para su funcionamiento irrestricto, limpios y situarse en puntos independientes de los sanitarios; estar acompañados de vasos y/o accesorios para poder hacer uso del agua; y el agua deberá ser apta para el consumo humano y en cantidad suficiente según el tipo de establecimiento.
«La presente Ley tiene por objeto garantizar y promover el acceso irrestricto al consumo de agua potable de forma gratuita en todos los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas para su consumo dentro del establecimiento y en estadios y lugares donde se efectúen eventos de convocatoria masiva», reza el texto de la propuesta.
Entre los objetivos se la iniciativa se encuentran los de mejorar la salud y calidad de vida de la población de la provincia de Buenos Aires, garantizar la hidratación adecuada y el consumo de agua segura, reducir los riesgos asociados al uso de alcohol y otras sustancias psicoactivas