“Juzgo improcedente la solicitud y absuelvo a Juan Rafael Pacífico de los hechos alegados en la denuncia”. Así finaliza la sentencia firmada por el juez federal de San Pablo Fernando Toledo Carneiro. La decisión que anunció hoy el abogado de Juan Darthés, Fernando Burlando, está explicada en las 58 páginas del fallo que desestimó, en parte, la denuncia de Thelma Fardin contra el actor por los hechos que sucedieron el 17 de mayo de 2009 durante la gira de la obra Patito Feo en Guatemala, publicó Infobae. En ese momento, la actriz tenía apenas 16 años, y Darthés 45.
El proceso judicial se llevó a cabo en Brasil porque el actor tiene esa nacionalidad, y al poco tiempo de conocerse los hechos viajó a San Pablo, donde se radicó y gozó de la imposibilidad de extraditar a los ciudadanos de ese país. De la sentencia se desprende que el abuso existió y que lo absuelve solo porque no se acredita la penetración, y esto es porque tomaron el tipo penal a como estaba redactado al momento de los hechos: hasta el 2009, se consideraba “violación agravada” cuando había acceso carnal, que es lo que según el juez no se probó. Si el hecho hubiera sucedido luego del 2010, cuando la ley cambió, la mirada de la justicia brasileña hubiera sido más severa con el acusado.
El magistrado también trazó dos medidas cautelares: la “prohibición de mantener contacto con la víctima y con los testigos de cargo”, y la “prohibición de ausentarse del país”.
En su fallo, Toledo Carneiro explica que “Tras el análisis de todas las pruebas unidas en los autos, entiendo que no fue posible probar, con la seguridad necesaria apta para generar una sentencia condenatoria, la ocurrencia del acceso carnal. Como es sabido, en la jurisprudencia de los Tribunales Superioresla palabra de la víctima asume especial importancia en los delitos sexuales cuando es corroborada por otras pruebas obrantes en el expediente, ya que tales delitos se cometen sin la presencia de testigos presenciales”.
Sin embargo, en otro párrafo aclara que “la versión de la víctima, sin embargo, no fue coherente en lo que respecta a la relación carnal, ya que durante más de nueve años este hecho fue omitido de los escasos relatos que dio a personas de su confianza”.
Y prosigue: “La relación carnal no fue narrada ni siquiera al día siguiente de los hechos. Como ya se ha explicado, al día siguiente Thelma contó lo sucedido a las hermanas Sol y Belén Berecochea. En su relato Sol dijo que ‘No recuerda cómo terminó Thelma en habitación de Darthés, pero Thelma le contó que le quitó la ropa interior, le metió dedos, le chupó la vagina y no sabe si había penetrado’”.
“Belén por su parte, narra que Thelma les dijo que la noche anterior ‘Juan Darthés le practicó sexo oral y le introdujo los dedos en la vagina’” y que “Thelma les dijo que no recordaba qué más había pasado”.
“Thelma también comentó los hechos con sus amigas Lucía y Denise en los años 2010 y 2013, respectivamente. En el caso de la primera, no entró en detalles de lo ocurrido en el interior de la habitación del hotel, a pesar de haber narrado varias situaciones ocurridas antes y después del hecho. Para el segundo, narró los hechos exactamente como se describen en la denuncia, con omisión únicamente del carnal conjunción carnal. Ambos no tuvieron conocimiento de la penetración hasta el año 2018, cuando Thelma recordó los hechos”, agregan.
“Marcela, la psicóloga que acompañaba a Thelma desde 2013, también declaró que recién se enteró del caso unos cuatro años después del inicio del tratamiento, debido a una revelación tardía por parte de la víctima. Así, los testigos escuchados en el juicio corroboran en realidad la mayor parte del testimonio de la víctima”.
“Las hermanas Berecochea, por ejemplo, confirman que la acusada actuaba de forma extraña desde días antes del hecho, mirando fijamente a la víctima, narrando finalmente los actos libidinosos no carnales…”
“Observo, sin embargo, que los testigos no corroboraron el acceso carnal relatado en la denuncia, ya que tampoco tuvieron conocimiento de este hecho en 2018, año en el que la víctima presentó la denuncia.
La Fiscalía, en contrapunto, advirtió que la revelación tardía se produjo, ya en el año 2018, cuando Thelma escuchó el relato de otras mujeres que pasaron por situaciones similares con el acusado. Allí fue cuando Thelma comenzó a incorporación la penetración en sus informes de manera convencida.
El fallo señala que “en este sentido, la versión expuesta en los autos demuestra que la víctima siempre tuvo muy claro, desde el primer momento, que Darthés la había besado, practicado sexo oral e introducido los dedos en su vagina, pero, según los informes presentados, ‘tardó mucho tiempo en darse cuenta de que él la había penetrado con su miembro’”.