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Adolescente será juzgado por un juicio por jurados

2 de mayo de 2023 – 17:55

La Corte de Justicia de Catamarca hizo lugar a la Cámara de Sentencia Penal Juvenil con relación a la causa de la mujer apuñalada, en la zona sur de la Capital, en enero del año pasado. De esta manera, en el Tribunal Penal Juvenil se llevará a cabo un juicio por jurados. Un joven, por entonces adolescente de 17 años, fue imputado por el delito de «robo calificado por el uso de armas» y «homicidio criminis causa en grado de tentativa en concurso real en calidad de autor».

Si bien el fiscal del fuero especializado Guillermo Narváez en un primer momento se opuso al juicio popular, al considerar que el Fuero Penal Juvenil no era competente, el juez Penal Juvenil Fabricio Gershani Quesada se pronunció al respecto. Las partes no se opusieron a esta resolución. A finales de mayo, la Oficina de Gestión de Audiencia (OGA) del Poder Judicial realizaría el sorteo de potenciales jurados.

La Sala Penal del máximo Tribunal de Justicia catamarqueño, integrada por los ministros Hernán Martel, Fernanda Rosales Andreotti y Verónica Saldaño señaló que la Cámara de Sentencia Penal Juvenil resolvió no hacer lugar al planteo de incompetencia del jurado popular realizado por el Ministerio Público Fiscal. “Las partes intervinientes no la recurrieron, no existe conflicto”, se destacó.

A finales del año pasado, el juez Penal Juvenil Gershani Quesada resolvió no hacer lugar al planteo de incompetencia del jurado popular, realizado por el Ministerio Público Fiscal. A la vez, elevó el legajo a la Corte de Justicia a efectosde que se expida sobre la aplicabilidad de la Ley de Juicio por Jurados Populares a personas menores de edad, en las condiciones de su vigencia o si por el contrario se suspende su aplicación temporariamente hasta tanto el tema sea debatido específicamente en la Legislatura Provincial, atento a la complejidad y especificidad de la materia.

“Las personas menores de edad pueden ser enjuiciadas bajo la modalidad de Juicio por Jurados Populares. Las ventajas y beneficios del Juicio por Jurado son perfectamente aplicables a personas menores de edad. La ley existe y la Corte de Justicia, con base a sus facultades, la reglamentó y no excluyó a las personas menores de edad”, señaló.

Derechos y garantías

En el fallo, el magistrado sostuvo que no existe regulación que impida o vede la aplicación del sistema de jurados populares a los procesos seguidos a los jóvenes en conflicto con la Ley Penal. A la vez, aclaró que adolescentes y jóvenes poseen los mismos derechos y garantías que los adultos. “La institución del jurado popular resulta trascendente para que a través de su veredicto de culpabilidad habilite al juez para aplicar todo el poder coercitivo con el que el Estado lo inviste. No hay razones para excluir el control ciudadano de las infracciones penales que cometan los adolescentes. La tarea del jurado popular en la determinación de los hechos y responsabilidad penal no es distinta en el caso de los adolescentes de lo que debe hacer en caso de los mayores. La especialización requerida, si bien está presente en todo el proceso, posee mayor intensidad y centralidad una vez dictado el auto –sentencia- de responsabilidad”, explicó.

Expediente

El hecho sucedió el 30 de enero de 2022. De acuerdo con las primeras investigaciones, el adolescente de 17 años habría ingresado en horas de la madrugada al domicilio de la denunciante, a través de una ventana. La mujer –quien se encontraba sola, cumpliendo un aislamiento por COVID-19- dormía. Una vez dentro, de acuerdo con las primeras versiones, el chico arremetió contra la mujer con un elemento cortopunzante, causándole varias heridas. Luego, se habría apropiado de un teléfono celular. Por la brutal agresión, la mujer permaneció internada durante varios días.

Desde entonces y hasta unas semanas, el chico estuvo alojado en el Centro Juvenil Santa Rosa, con prisión preventiva. Sin embargo, una vez vencidos los plazos –en el Fuero Penal Juvenil la prisión preventiva es por 60 días, prorrogables una única vez-, se resolvió la prisión domiciliaria, con dispositivo electrónico dual.

Oportunamente, el fiscal Narváez dejó en claro que la privación de la libertad es una “medida excepcional y extraordinaria”, que se aplica en casos graves, en los que hubo violencia. “El hecho reviste de gravedad”, remarcó.

“Perdió el ejemplo y la autoridad. Necesita de un abordaje interdisciplinario; evaluar su vida y ayudarlo al cese del consumo. Desde los 12 años consume marihuana y a los 14 se inició con las pastillas. Nadie desconoce el hecho. El sistema punitivo debe dar una respuesta para la mujer y el chico”, señaló.

Además, consideró que este adolescente se encuentra superado por su “penosa vida que lo llevó a delinquir de manera feroz”. Sobre el “hecho lamentable”, el fiscal destacó que ejerció una “violencia inusitada”. Detalló que el chico eligió “el lugar, la víctima y el modo”. Usó un cuchillo –resaltó-; saltó una tapia y le asestó múltiples heridas. “Sin dudas, se retira pensando que puso fin a su vida. Se secuestró el celular, el cuchillo con manchas y prendas de vestir manchadas. Se esperan más pruebas y la investigación sigue. La prueba lo incrimina. Actuó con conciencia y capacidad de culpabilidad. Fue astuto, ingresó sin zapatillas, en un horario planificado. En cierto modo, reconoció su responsabilidad en las pericias”, describió.

La querella, representada por la abogada del foro local Silvia Barrientos, había solicitado que se aplicara el agravante de “femicidio”. El fiscal Narváez no acompañó a este planteo y el juez Penal Juvenil Rodrigo Morabito decidió no hacer lugar. Para Morabito, esta agresión “ha ocurrido en un contexto de los delitos que se denominan de inseguridad”.