A partir de hoy, también, investigarán los movimientos de los consumo con débito que superen los $ 120.000.
01/05/2023 11:53
Clarín.com Economía Actualizado al 01/05/2023 12:22
A partir del este lunes 1 mayo, los bancos y billeteras virtuales deberán informarle a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los movimientos en cuentas, plazos fijos y operaciones con tarjetas de crédito que superen los $ 200.000.
De esta forma, la cifra mínima de esas operaciones suben de $90.000 al mínimo actual.
La medida fue establecida a través de la Resolución General 5348/2023 publicada en el Boletín Oficial, publicada el 19 de abril de 2023, y lleva la firma del administrador del organismo, Carlos Castagneto.
Además, la normativa publicada en el Boletín Oficial detalla que para el consumo con tarjeta de débito también cambiara el monto a partir del cuál se informa al fisco. Pasa a $120.000, dejando atrás los $30.000 anteriores.
También avisarán a AFIP cuando el monto de la operación -se trate de un ingreso o egreso de efectivo, transferencia bancaria, en moneda extranjera, moneda digital por transferencia bancaria o virtual- iguale o supere los $400.000.
Las entidades financieras deberán brindar información de estas operaciones a los clientes, incluso cuando se supere la suma en solo uno de ellos.
SN