El padre del nene de 3 años que murió en marzo de este año en la provincia de Neuquén, luego de quedar encerrado en un auto durante seis horas, no será condenado penalmente. El fiscal del caso Andrés Azar finalmente dispuso, en las últimas horas, que se aplique la pena natural.
Según la investigación, el hombre debía llevar al niño al jardín de infantes. Sin embargo, tras estacionar el coche, se dirigió a su trabajo y olvidó bajarlo, tal como pudo comprobarse mediante cámaras de seguridad.
El menor permaneció sentado en la butaca trasera del vehículo desde las 9 hasta las 15, cuando la madre lo encontró desvanecido y con marcas en la piel tras regresar de su jornada laboral.
Pese a que la mujer intentó reanimarlo con agua y luego lo trasladó a una clínica privada, la criatura murió 9 días después en otro centro médico, San Lucas, a la que fue derivada y donde permaneció internada en terapia intensiva.
En ese marco, el Ministerio Público Fiscal (MPF) de esa provincia fundamentó su decisión de la pena natural, en el artículo 106 inciso 3 del Código Procesal Penal. Esa norma puede ser considerada cuando “el imputado haya sufrido a consecuencia del hecho un daño físico o moral grave que torne innecesaria y desproporcionada la aplicación de una pena”.
En la misma línea, a través de una resolución que fue firmada el pasado 10 de octubre, el fiscal expuso: «El acusado es el responsable de la muerte de su hijo aunque, claro está, no fue querida ni buscada por el imputado, sino consecuencia de su negligente conducta”.
Tras las pruebas recolectadas, que incluyeron declaraciones de testigos del hecho ocurrido en la calle Chrestia al 550 y de personas del entorno familiar del padre y del niño, el fiscal Azar destacó: «Resulta evidente e incontrastable la imposibilidad una sanción penal que, a todas luces, deviene injusta”.
Y completó que, «según el criterio de diferentes autores (del caso)», el padre ya fue “suficientemente castigado” por las repercusiones de su delito.
ES