Está establecido en la Ordenanza n°. 12484/17. Ambiente, en función de los operativos de control e inspección permanentes, y atendiendo un pedido de vecinos afectados por la falta de limpieza de predios linderos, realizó las inspecciones correspondientes.
El Tribunal de Faltas de Trelew intimará a 15 propietarios de terrenos baldíos para que cumplan con la obligatoriedad del mantenimiento de los mismos, establecido en la Ordenanza n°. 12484/17.
La Coordinación de Ambiente en función de los operativos de control e inspección permanentes, y atendiendo un pedido de vecinos afectados por la falta de limpieza de predios linderos a sus viviendas, realizó las inspecciones correspondientes.
Dichas actuaciones derivaron en la continuidad del proceso administrativo, habilitando herramientas que promuevan la consumación de las obligaciones establecidas por normativa.
La ordenanza señalada con anterioridad asienta en su artículo segundo la “obligatoriedad” de mantener los terrenos baldíos urbanos, y los contenidos en el ejido de la ciudad, “limpios, libre de malezas, pastizales y/o acumulación de basura, escombros, chatarra y/o cualquier elemento que signifique un peligro real o potencial para la salud pública, dañen el ambiente y/o atenten contra la estética urbana, y/o constituyan un peligro para la seguridad pública”.
La norma establece que los terrenos baldíos pasibles de multa serán aquellos que contengan basura, escombros, chatarra, malezas que “superen los 30 cm del nivel del terreno natural”, y todo material que “afecte el espacio físico y su entorno”.
Se considerará responsables del inmueble a los propietarios de los terrenos o poseedores a título de dueños y los que por cualquier causa los detenten, exploten o los tengan a su cuidado, sean personas físicas o jurídicas.
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