Tributario
El ministro Caputo anunció este martes una resolución en el Boletín Oficial que abarca a todos los municipios y provincias. Intenta terminar con los cargos en las facturas de luz, agua y gas que no tienen que ver con esos servicios.
miércoles 11 de septiembre de 2024 10:26El ministro de Economía, Luis Caputo, confirmó este martes que los municipios ya no podrán incluir impuestos y tasas en las facturas de servicios.
Según explicó en una publicación en su cuenta de X, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso: “las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor”, sostuvo.
Economía acusa a los municipios de encarecer los servicios tanto de energía como de agua y gas a través de estos recargos que no están relacionados de manera directa con lo que los clientes están pagando.
La resolución, publicada este miércoles, fue tenida en cuenta por el ministro “ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas”.
La Municipalidad de Córdoba y EPEC
Tal como se ilustra en la imagen de esta nota, las facturas de EPEC contienen el cargo “Ord. Imp. Municipal (9,90%)” que representa el 9,90% del renglón “NETO EPEC”, es decir los cargos que la empresa percibe por el servicio eléctrico.
Este es un buen ejemplo de conceptos que la Municipalidad recauda hoy a través de imposiciones en las facturas de servicios, como el eléctrico en este caso, que son ajenas al servicio que se presta.
Un poco de historia
Marcos Sequeira, abogado especialista en Procedimiento Tributario, explicó en Radio Universidad: “en un período de las últimas 3 o 4 décadas se ha dado en la República Argentina una cesión por parte de las obligaciones del estado”.
Muchas prestaciones realizadas por el Estado Nacional fueron concedidas a las provincias.
“Las provincias, sobre todo en los últimos 20 años, se han visto con problemas para prestar estos servicios. Así como la Nación le pasó esas responsabilidades a las Provincias sin el presupuesto necesario, las provincias lo pasaron a los municipios”, agregó.
Estos traspasos de responsabilidades, remarcó Sequeira, provocó un “festival de tasas municipales”.
“Hasta el año 1994 se discutía si los municipios tenían autonomía o autarquía en materia tributaria. Con la Constitución del 94 se le da autonomía a los municipios. Lo que ocurre en mucho de ellos es que hay cooperativas que detrás de una factura le ponen detrás una cantidad de tasas: para el fuego, seguridad, higiene, etc”, explicó.
El abogado afirmó que la mayoría de las tasas son innespecíficas, es decir, son impuestos. A su vez, muchas de estas tasas se “pisan” con otros impuestos provinciales.
Sequeira ejemplificó con la Tasa de comercio, industria y servicios que utiliza la misma base imponible que la de Ingresos Brutos de la provincia.
Finalmente, el abogado especificó que la Municipalidad de Córdoba ya no podrá incluir las tasas en las facturas de servicios públicos. Sin embargo, aclaró que eso no significa que no se cobren por otras vías.