Antes de resolver la cuestión, el máximo tribunal le corrió traslado a la parte actora del pedido de levantamiento de la medida cautelar por el plazo de 72 horas, habilitando días y horas inhábiles al sólo efecto de la contestación por parte de quien promovió la acción que derivó en el fallo que suspendió las elecciones para los cargos de gobernador y vice de la provincia de Tucumán que habían sido convocadas para el próximo domingo.
«Por disposición del Tribunal, córrase traslado a la parte actora del pedido de levantamiento de la medida cautelar por el plazo de setenta y dos (72) horas, quedando habilitados días y horas inhábiles, al solo efecto de su contestación (arts. 153 y 203, último párrafo, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).» dice la resolución dictada en la tarde de este viernes.
En términos prácticos, esto significa que el próximo domingo no se podrán realizar las elecciones a gobernador. Casi al mismo tiempo, el propio Manzur anunció que las elecciones se realizarán en la primera quincena de junio.
Juan Manzur junto a Osvaldo Jaldo, candidato a sucederlo en la gobernación de Tucumán
El fiscal de Estado, Federico Nazur -en un escrito presentado el jueves por la noche- puso en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación la renuncia de Juan Manzur a la candidatura de vicegobernador por el Frente de Todos por Tucumán. «Por consiguiente, habiéndose modificado sustancialmente las circunstancias que motivaron la presente acción judicial, por desaparecer el objeto de la pretensión procesal de la misma, la cuestión ha devenida abstracta», señaló Nazur. En ese sentido añadió «De acuerdo con reiterado criterio propugnado por la CSJN, más aún cuando se encuentra en disputa la legitimidad constitucional de disposiciones normativas, las sentencias de un Tribunal siempre deben ajustarse a las condiciones existentes al momento de su dictado, aunque sean sobrevinientes a la pretensión promovida.»
En su presentación Nazur solicitó que -en razón del carácter provisional de las medidas cautelares según lo establece el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación- el inmediato y urgente levantamiento de la medida cautelar que dictó la Corte Suprema de Justicia de la Nación el pasado 9 de mayo que ordenó la suspensión de las elecciones a gobernador y vicegobernador en la provincia de Tucumán. En el pedido, el fiscal de Estado tucumano resaltó que el máximo tribunal debe dejar sin efecto la medida ordenada «atento el gravísimo daño al interés público comprometido en el caso, al haberse suspendido el acto más trascendente en la vida democrática de un Estado de derecho como derecho a votar.»
Ante esta presentación, el máximo tribunal dispuso este viernes pasado el mediodía requerir el expediente que había sido enviado a la Procuración General de la Nación a fin de resolver el pedido hecho por el fiscal de Estado de Tucumán, Federico Nazur. Previo a decidir sobre esa solicitud le corrió traslado por 72 horas a la oposición quien había promovido el amparo para que se pronuncie sobre el pedido de levantamiento de la cautelar. Además, agregó a la causa las constancias acompañadas al escrito del fiscal de Estado tucumano que dan cuenta de la renuncia de Juan Manzur a su candidatura para ocupar el cargo de vicegobernador de la provincia de Tucumán.
Mientras tanto, este viernes el actual gobernador anunció que «en la primera quincena de junio el pueblo tucumano estará votando» durante un acto convocado para apoyar a la nueva fórmula del Frente de Todos que se presentará en las elecciones provinciales. «Esperamos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación levante la cautelar, y en la primera quincena de junio el pueblo tucumano va a estar votando en las urnas de nuevo», dijo Manzur.