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¿Cuánto deben cobrar las empleadas domésticas por trabajar 4 horas en septiembre?

20 de septiembre de 2024 – 09:26 Por  Redacción de TodoJujuy.com

El gremio que agrupa a las empleadas domésticas ha conseguido un pacto salarial con el Gobierno, garantizando que los salarios actuales de agosto se mantendrán durante todo septiembre de 2024. No obstante, se anticipa un ajuste adicional en los sueldos, dado que en este mes se culminará con el aumento bimestral previamente establecido por la Comisión de Trabajadores de Casas Particulares.

Dicho aumento fue aplicado para fijar los salarios de referencia de las trabajadoras domésticas. Según la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp), se ha convocado una reunión para el 18 de septiembre con el propósito de discutir un nuevo ajuste salarial. Así que, es probable que en octubre se registre un incremento en la tarifa por hora de trabajo.

Se ha programado una reunión para el 18 de septiembre para debatir un nuevo ajuste.

¿Cuánto cobran las empleadas domésticas por 4 horas de trabajo en septiembre?

Las empleadas de la quinta categoría, que abarcan funciones generales como limpieza, cocina, planchado y otras tareas domésticas habituales, conservarán las siguientes tarifas por hora:

Con retiro: $2.620. Sin retiro: $2.825. Esto significa que, si una empleada doméstica trabaja 4 horas diarias, debe recibir:

Con retiro: $10.480 por día. Sin retiro: $11.300 por día. Si una empleada doméstica trabaja 4 horas diarias, debe recibir: con retiro unos $10.480 por día, y sin retiro un total de $11.300 por día.

Si el empleador no efectuó los aumentos correspondientes para agosto, deberá abonar la diferencia de forma retroactiva en septiembre. Según lo señalado por el sindicato, las trabajadoras domésticas deberían haber recibido $298 por cada hora laborada en agosto. Por ejemplo, si una empleada trabajó 4 horas diarias durante 5 días a la semana, el ajuste retroactivo totaliza $23.840.

Este monto refleja únicamente el salario base, por lo que el empleador debe añadir otros conceptos como antigüedad, aportes a la jubilación y cobertura médica. Es importante mencionar que las empleadas que trabajaron menos horas o días deberán calcular el ajuste proporcional para recibir el monto correcto.

Tareas en más de una categoría

Cuando una trabajadora se encarga de funciones que abarcan más de una categoría, como el cuidado de niños y la limpieza del hogar, debe recibir el salario correspondiente a la categoría más alta. Por ejemplo, si realiza tareas de asistencia y cuidado personal, que tienen una remuneración superior a la de las tareas generales, debe percibir el salario de la categoría que paga más.

Si el empleador no abonó los aumentos correspondientes al mes de agosto, está obligado a pagar la diferencia de manera retroactiva en septiembre.

La reunión programada para el 18 de septiembre es crucial, ya que podría resultar en una revisión de los salarios para el mes de octubre. Este ajuste provocaría un aumento en el valor por hora para todas las categorías dentro del servicio doméstico, beneficiando tanto a las trabajadoras que reciben remuneración por hora como a las que tienen un salario mensual. Las empleadas deben estar atentas a estas modificaciones para garantizar que reciban el pago adecuado según los nuevos acuerdos salariales.

Este ajuste no solo afecta a las trabajadoras, sino también a los empleadores, quienes tendrán que ajustar su presupuesto para cumplir con los nuevos incrementos. Además, los pagos retroactivos podrían representar un gasto considerable, especialmente si los ajustes salariales no se realizaron anteriormente.

La próxima reunión salarial del 18 de septiembre es clave, ya que podría implicar una actualización en los sueldos para octubre.

Primera categoría: Supervisor/a

Con retiro:

Hora: $3.160

Mensual: $394.234 Sin retiro:

Hora: $3.461

Mensual: $439.131 Segunda categoría: Personal para tareas específicas (cocineros/as y otras tareas que requieran especial idoneidad)

Con retiro:

Hora: $2.992

Mensual: $366.265 Sin retiro:

Hora: $3.280

Mensual: $407.715 Tercera categoría: Caseros

(Vivienda en la que habita por contrato)

Hora: $2.826

Mensual: $357.350 Cuarta categoría: Asistencia y cuidado de personas (personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adultos mayores, etc.)

Con retiro:

Hora: $2.826

Mensual: $357.350 Sin retiro:

Hora: $3.160

Mensual: $398.229 Quinta categoría: Personal para tareas generales (limpieza, cocina, mantenimiento, etc.)

Con retiro:

Hora: $2.620

Mensual: $321.361 Sin retiro:

Hora: $2.826

Mensual: $357.350

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