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¿De qué se trata la Ley Hojarasca? el camino para eliminar 70 leyes

Según información de fuentes oficiales, la normativa fomenta la seguridad legal y elimina barreras para el progreso individual y colectivo del país, basándose en el principio de que lo que la Constitución Nacional autoriza no requiere regulaciones específicas. Asimismo, se derogan leyes que “generaron gastos innecesarios para los contribuyentes a través de la creación de organismos como la Federación Argentina de Municipios, entre otros”.

Las claves del intento por eliminar 70 leyes.

“Con la Ley Hojarasca, el Gobierno busca quitarle a la ciudadanía barreras que afectaron libertades individuales y generaron costos inútiles a través de diversas sobrerregulaciones. La ley entiende que las personas pueden llevar adelante toda actividad permitida por la Constitución Nacional sin necesidad de sancionar leyes específicas que luego pueden convertirse en un obstáculo para el desarrollo individual y del país en su conjunto, generando un impacto negativo en la seguridad jurídica y el funcionamiento del sector privado”, afirmaron desde el El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, encabezado por Federico Sturzenegger.

Entre las razones que sustentan la propuesta, se destaca: “Este sistema enfrenta hoy un permanente cuestionamiento, desafía a quienes han asumido las responsabilidades políticas y los compele en la tarea de relevar, revisar y evaluar la normativa vigente, con el objeto de acompañar un proceso de transformación de la sociedad con nuevos paradigmas basados en el reconocimiento de las libertades individuales en nuevos contextos”.

Como resultado de esta tarea se advierte la necesidad de eliminar toda legislación que no se condice con los tiempos que corren ya sea por su carácter obsoleto, inútil, o por haber sido superado por normativas posteriores, por tratarse de legislación sobre temas de escasa relevancia o trámites inútiles que generan o incrementan costos para los ciudadanos”, argumenta.

De acuerdo al Gobierno, la Ley Hojarasca «promueve la seguridad jurídica y remueve obstáculos para el desarrollo personal y conjunto del país».

A su vez, critica que “las corrientes ideológicas más intervencionistas, predominantes durante el siglo XX, revirtieron ese paradigma e impusieron la visión de que para la ‘adquisición’ de un derecho era necesaria una ley que otorgara ese derecho”.

Obviamente, esto llevó a abusos y arbitrariedades. En consecuencia, esta sobrerregulación ha llevado a una situación en la que pareciera que ninguna actividad es posible sin un aval previo del Estado”, explica.

Desde una perspectiva estrictamente legal, el documento establece una lógica en la que se asume que todo está vetado, excepto aquello que está específicamente autorizado. No obstante, el artículo 19 de la Constitución Nacional estipula “…ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”, desprendiéndose de los artículos 28 y 33 que para los individuos, todo está permitido, salvo lo expresamente prohibido.

El Gobierno envió al Congreso el proyecto de Ley Hojarasca.

Por esta razón, manifiesta el proyecto, que “debe regir un principio de máxima libertad y no de máximo control. En este traspasamiento de criterios tampoco faltaron normas dictadas con el solo objetivo de perseguir oponentes políticos o de controlar a la ciudadanía”.

Asimismo, se enfatiza que gran parte de las regulaciones que se buscan eliminar son de una “concepción militar”, que encuentra en “la sobrerregulación un orden que se busca como fin en sí mismo, aun cuando ello implica destruir la libertad, la actividad económica e incluso la vida misma”.

La mayoría de estas leyes fueron aprobadas durante regímenes militares, incluyendo los de Agustín Lanusse, Juan Carlos Onganía, Jorge Rafael Videla, Reynaldo Bignone, Edelmiro Farrell y José Uriburu. Sin embargo, también existen regulaciones establecidas durante administraciones democráticas, como las de Arturo Frondizi, Raúl Alfonsín, Arturo Illía, Cristina Fernández de Kirchner, Néstor Kirchner, Héctor Cámpora y Juan Domingo Perón.

Desde el ministerio liderado por Sturzenegger, se afirma que entre las normativas que el Gobierno desea eliminar “se busca fomentar actividades, como el cine, con acciones que implican cobrarle impuestos a esa actividad. En otras, como el teatro, se imponen prohibiciones que, lejos de proteger a la actividad, estorban y dificultan su adaptación”.

De acuerdo a fuentes oficiales, la ley promueve la seguridad jurídica y remueve obstáculos para el desarrollo personal y conjunto del país.

En otros, “se ofrecen beneficios a un grupo dentro de un sector, a costa de los demás participantes del mismo sector. En este marco, fue necesario repasar la normativa vigente en nuestro país desde 1864 a la fecha”.

Las claves de los cambios

El Ejecutivo mencionó las seis claves que se tomaron en consideración para derogar ciertas leyes:

Normativas que han sido reemplazadas y abarcadas por otras más integrales y actuales. Por ejemplo, carece de lógica contar con una legislación específica para la vacunación contra la viruela, cuando ya se implementó una ley general de vacunación.

Regulaciones que han quedado obsoletas debido a los avances tecnológicos, el desarrollo del conocimiento, la evolución económica o el transcurso del tiempo. Un caso es la legislación que permite las emisiones de televisión a color, en un momento en que ya consumimos videos a través de nuestras redes sociales. Otras resultan absurdas a la luz de la actualidad, como la práctica de utilizar microfilmación para almacenar documentos del gobierno.

Leyes que restringen la libertad personal. Por ejemplo, la legislación que faculta al Estado a controlar y prohibir encuentros en espacios privados es una violación de la Constitución Nacional. Todavía permanece activa una ley aprobada en 1951, que establece castigos para los ciudadanos que fomenten sanciones políticas o económicas contra el Estado. Esta normativa tuvo como único objetivo perseguir a los opositores, incluyendo a aquellos que han denunciado violaciones de derechos humanos en Argentina ante organismos internacionales.

«Con la Ley Hojarasca, el Gobierno busca quitarle a la ciudadanía barreras que afectaron libertades individuales», dijo el Ministro.

Leyes cuya anulación conlleva un progreso en el plan de simplificación administrativa, suprimendo entidades y regulaciones, aliviando el gasto público sin comprometer la eficacia. Un ejemplo es la ley que exige que todos los productos que presenten un mapa en su etiqueta reciban la aprobación del Instituto Oficial de Cartografía. Leyes que han perdido su justificación, ya que las entidades o instituciones responsables han dejado de operar efectivamente, pero las leyes que las establecieron permanecen en vigor, como el Complejo Portuario de Ultramar en Aguas Profundas, Ediciones Culturales Argentinas y el plan de aprovechamiento energético de las mareas, entre otros. Regulaciones que establecen organismos para miembros del Sector Público, financiados con fondos del Estado Nacional. Esto incluye al Círculo de Legisladores y la Federación Argentina de Municipios. Se libera a estas entidades de la dependencia del financiamiento estatal, permitiendo que continúen funcionando con recursos propios. » La ley entiende que las personas pueden llevar adelante toda actividad permitida por la Constitución Nacional sin necesidad de sancionar leyes específicas que luego pueden convertirse en un obstáculo para el desarrollo individual y del país en su conjun

Las leyes que se van a derogar

Sturzenegger publicó en su cuenta de X algunas de las normativas que se pretenden derogar. Entre ellas se encuentran:

Leyes superadas o mejoradas por leyes posteriores

Ley N° 94 (1864). Inhabilita por 10 años a la autoridad que haga azotar a una persona. ¿Qué? Ley N° 3.863 (1899). Otorga a las compañías de seguro beneficios impositivos que hacían sentido en el siglo XIX. Actualmente carece de sustento normativo. Ley N° 16.789 (1965). El compre Nacional ya fue derogado por el DNU 70/23, por lo que esta ley ya está derogada de facto. Ley N° 17.557 (1967). Versa sobre la instalación de equipos de rayos X (en los 60 los niveles de seguridad de los equipos eran menores). Hoy la instalación de equipos médicos cuenta con procedimientos más modernos estipulados en la ley N° 26.906. Ley N° 20.400 (1973). Es un antecedente superado plenamente por la Ley de Trata 26.364, por lo cual en la actualidad no tiene aplicación. Ley N° 20.843 (1974). Instaura la (medieval) figura de “Padrinazgo Presidencial” que no tiene lugar en una democracia moderna. Ley N° 21.778 (1977). Faculta a las empresas estatales a convocar licitaciones para la explotación de hidrocarburos. Esta ley devino obsoleta por la transferencia de los recursos petroleros a las provincias. «Este sistema enfrenta hoy un permanente cuestionamiento, desafía a quienes han asumido las responsabilidades políticas», fundamentan en el proyecto.

Leyes que limitan la libertad individual y que restringen el derecho de propiedad

Ley N° 94 (1864). Inhabilita por 10 años a la autoridad que haga azotar a una persona. Ley N° 3.863 (1899). Otorga a las compañías de seguro beneficios impositivos que hacían sentido en el siglo XIX. Actualmente carece de sustento normativo. Ley N° 16.789 (1965). El compre Nacional ya fue derogado por el DNU 70/23, por lo que esta ley ya está derogada de facto. Ley N° 20.843 (1974). Instaura la figura de “Padrinazgo Presidencial” que no tiene lugar en una democracia moderna. Ley N° 21.778 (1977). Faculta a las empresas estatales a convocar licitaciones para la explotación de hidrocarburos. Esta ley devino obsoleta por la transferencia de los recursos petroleros a las provincias. Ley N° 22.109 (1979). Esta norma sobre la vacunación de la viruela ha sido superada por la Ley N° 27.491 que establece el plan integral de vacunación y los mecanismos para lidiar con las enfermedades infectocontagiosas de manera integral. El Ejecutivo mencionó las seis claves que se tomaron en consideración para derogar ciertas leyes.

Leyes obsoletas o sin efecto actual por el avance de la tecnología

Ley N° 448 (1870). En el mundo de las energías renovables seguimos premiando a quien descubra una mina de carbón. Ley N° 3.235 (1895). Es una ley sobre adquisición de armamento completamente obsoleta. Ley N° 16.879 (1965). Concede una exención de impuestos en licitaciones internacionales para ciertos proyectos eléctricos. No ha tenido uso práctico. Ley N° 18.569 (1970), Ley N° 20.114 (1973) y Ley N° 23.756 (1989). Implanta el uso del procedimiento de microfilmación para todo tipo de documentación en Ejército, la Armada y el Ejecutivo. Obsoleto. Ley N° 19.648 (1972). Declara de interés nacional la prospección, exploración, el desarrollo minero y la explotación de carbón mineral. Hoy, lejos de ser de interés nacional, lo que se busca es “descarbonizar” la economía.

Leyes cuya derogación implica la eliminación de estructuras burocráticas y trámites

Ley N° 14.800 (1959). Obliga a quien demuela un teatro a construir en el mismo predio otro con características similares Ley N° 17.752 (1968). Promueve la construcción de hoteles para turismo internacional. Es una ley que desde 1978 no tiene aplicación. Ley N° 19.340 (1971). Esta ley obliga a los propietarios que interrumpen una construcción a reportar dicha interrupción. Trámite inútil e innecesario. Ley N° 19.363 (1971). Establece un sorteo del INCAA entre asistentes al cine del que participa solo el 0,1 % de los espectadores. Los costos de organizar el sorteo, por burocracia, trámites, registros y escribanos, son superiores al premio que se sortea. Ley N° 22.426 (1981). Esta ley obliga a que toda transferencia de tecnología o marcas sean aprobadas por el Estado. Ley N° 26.688 (2011). Declara de interés nacional la investigación y producción pública de medicamentos. Sturzenegger publicó en su cuenta de X algunas de las normativas que se pretenden derogar.

Leyes sobre organismos financiados con fondos públicos nacionales que deberían autofinanciarse

Ley N° 20.984 (1975). Crea el Círculo de Legisladores de la Nación Argentina del que proponemos eliminar el financiamiento por parte del Estado Nacional. Los legisladores que quieran participar y aportar para dicho Círculo podrán seguir haciéndolo de manera voluntaria, con sus propios fondos. Ley N° 24.807 (1997). Esta ley crea la Federación Argentina de Municipios. Se propone su modificación para que el financiamiento de dicha Federación no provenga de las arcas del Tesoro sino de los municipios que quieran participar del mismo.

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