La muerte de Lucas Carrasco (22), ocurrida hace casi una década, todavía sigue dando tela que cortar en el ámbito judicial. Además de la condena penal contra el expolicía que disparó el proyectil de gas lacrimógeno que terminó con la vida del joven hincha de Independiente Rivadavia, ahora este sujeto y el Gobierno provincial deberán pagar una onerosa indemnización a la familia de la víctima fatal.
En marzo de 2014, Lucas Carrasco había ido a ver un partido de la Lepra en el estadio Bautista Gargantini que se suspendió debido a un corte de luz. En las inmediaciones de la cancha se produjeron incidentes que derivaron en la intervención del Cuerpo de Infantería. El chico se llevó la peor parte ya que recibió un impacto en la cabeza de un proyectil de gas lacrimógeno y murió a los pocos minutos.
En el ámbito penal, luego de varios vaivenes, fue condenado el policía Diego Guzmán Zalazar (33) a una pena de 3 años de prisión en suspenso por homicidio en exceso del cumplimiento del deber. Esa sentencia se encuentra firme por decisión de la Suprema Corte de Justicia. Además fue exonerado de la fuerza policial.
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Restaba resolver la pata civil del asunto, tras una demanda que inició la familia de Lucas Carrasco y que el miércoles pasado tuvo su fallo de primera instancia. La jueza Roxana Álamo resolvió condenando al Gobierno provincial y a Guzmán a pagar una suma de $27.600.000 más intereses -superará los $40 millones- al padre y los tres hermanos de la víctima fatal.
La familia Carrasco había iniciado el reclamo por daño material y moral considerando que el Estado fue responsable de la muerte por las «conductas irregulares» de un miembro de la Policía de Mendoza.
Los representantes legales del Ejecutivo provincial contestaron que los hermanos no podían reclamar el resarcimiento -solamente los padres- y que tampoco se acreditó que el joven fallecido fuera el sostén económico de la familia, entre otros argumentos.
En tanto que el expolicía Guzmán afirmó que el hincha de la Lepra murió por una mala praxis en el Hospital Central, aunque nunca ofreció pruebas para respaldar esa hipótesis.
La jueza civil se inclinó por rechazar los argumentos de las defensa y admitir el reclamo indemnizatorio, que se hará efectivo una vez que quede firme la sentencia -las partes todavía pueden apelar ante una Cámara Civil y luego ante la Suprema Corte de Justicia-.
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El expolicía Diego Guzmán fue juzgado por la muerte de Lucas Carrasco.
El caso
El 14 de marzo de 2014, Independiente Rivadavia recibía a Instituto de Córdoba. El partido se suspendió debido a un corte de luz en el estadio Bautista Gargantini, lo que desató incidentes en las inmediaciones. Aproximadamente a las 21.45, un hincha de la Lepra recibió un golpe en el cráneo con un objeto contundente. Quedó tendido en el costado sur del Mendoza Tenis Club. Las lesiones fueron tales que, pese a ser asistido y quedar internado, Lucas Carrasco murió dos días después.
Guzmán, policía de Infantería, ya se había sentado en el banquillo de acusados a mediados de 2016. Sin embargo, ese juicio fue nulo ya que quedó suspendido durante más de 15 días. De hecho, en la jornada que debía reanudarse para evitar esto, el juez José Valerio -hoy ministro de la Corte- presentó un certificado de enfermedad.
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Guzmán fue imputado por homicidio culposo en concurso real con incumplimiento de los deberes de funcionario público. Sin embargo, en el juicio el fiscal Darío Tagua agravó la calificación a homicidio con dolo eventual agravado por la utilización de armas de fuego y por ocurrir en las inmediaciones de un espectáculo deportivo. Incluso durante su alegato solicitó una condena a 18 años de prisión
El tribunal compuesto por los jueces Mauricio Juan, Laura Guajardo y Eduardo Martearena terminó dictando el fallo bajo la calificación de homicidio en exceso del cumplimiento del deber, es decir, que el policía estaba en condiciones de utilizar el arma lacrimógena pero lo hizo de forma incorrecta. Recibió una pena de 3 años de prisión en suspenso -quedó libre- y 7 de inhabilitación para ejercer cargos públicos.