Tomás Siegenthaler se desempeñaba como director de Coordinación del ministerio de Desarrollo Social durante el gobierno de Omar Gutiérrez. Para la fiscalía de Neuquén es uno de los cinco jefes de la asociación ilícita que cometió la megaestafa con planes sociales. Fue por eso que lo imputó. En paralelo, el gobierno provincial le abrió un sumario administrativo, como empleado público de planta permanente, y resolvió suspenderlo preventivamente del cargo y retenerle el sueldo. Si bien insistió en que necesitaba seguir cobrando sus haberes, el reclamo le fue rechazado.
En la última edición del Boletín Oficial de Neuquén fue publicado el decreto 1334 en el que el gobernador Rolando Figueroa y el ministro de Trabajo, Lucas Castelli, desestiman el pedido de Siegenthaler.
El acusado sostiene que «la retención de haberes como medida provisional violenta la protección del salario, el que reviste carácter alimentario». Solicitó que en todo caso se mantenga la suspensión preventiva del cargo pero que sea con goce de sueldo.
Subsidiariamente dice que, «en caso de no hacer lugar a la pretensión, se le abonen retroactivamente y hacia futuro los haberes retenidos, arbitraria e ilegítimamente, con más los intereses moratorios que se devenguen producto de la suspensión».
Asegura que aún le cabe el principio de inocencia, ya que le formularon cargos y todavía no fue enjuiciado ni condenado por el Poder Judicial.
El gobierno valoró que «Siegenthaler se encuentra imputado en una causa penal por integrar presuntamente una asociación ilícita destinada a quedarse con fondos públicos que, en su destino original, debían atender situaciones de vulnerabilidad producto de la desocupación».
Que en su caso fue acusado de haber hecho un uso no autorizado «de tarjeta de débito, en nueve mil trescientas tres (9303) operaciones –hechos en concurso real–, en calidad de coautor». Así, se estimó un perjuicio fiscal en la suma de $153.377.900.
Para la fiscalía está en el mismo rango de responsabilidad que Ricardo Soiza, Néstor Sanz, Marcos Osuna y el exministro de Desarrollo Social, Abel Di Luca.
«De acuerdo con la gravedad de los hechos imputados con relación a la buena fe, lealtad y probidad exigibles a cualquier agente o funcionario público, se concluyó razonablemente que la naturaleza de los eventos torna incompatible el desempeño de funciones de dichos agentes dentro de la Administración Pública, máxime teniendo en cuenta los cargos que oportunamente desempeñaron pudiendo, por ello, tener acceso y/o influencia sobre información contenida en los organismos», se indica en el decreto.
Agrega que las medidas preventivas que se adoptaron -por el plazo de 180 días hábiles- están vinculadas «con la gravedad» de lo ocurrido.
«Que la presente medida se ordena en el marco de una investigación disciplinaria cuyos hechos configuran una imputación penal por presunto aprovechamiento de personas en situación de vulnerabilidad percibiendo dinero público que tenía por destino su asistencia», resalta.
Por eso rechazó el reclamo administrativo. Ahora le queda la vía judicial.