lunes 08 de julio de 2024
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y de Mineria de Bariloche rechazó un amparo colectivo presentado el último jueves contra la empresa Catedral Alta Patagonia (CAPSA) en el que se exigía que los esquiadores con pases residentes puedan utilizar la totalidad de los medios de elevación del Cerro Catedral en todo el horario operativo.
El amparo presentado por el concejal Leandro Costa Brutten, como representante de los adquirentes del pase «residente», junto con vecino de la ciudad, quien también adquirió dicho pase, promovieron la acción judicial para que CAPSA cumpliera con los términos y condiciones aprobados por el Ente Autárquico Municipal Fiscalizador de la Concesión del Cerro Catedral (EAMCEC). Además, solicitaban la nulidad de la Resolución N° 00000929-I-2024 por considerarla ilegítima.
El tribunal, compuesto por los jueces Federico Emiliano Corsiglia, María Marcela Pájaro y Emilio Riat, señaló varias deficiencias en la presentación del amparo. En primer lugar, destacó la falta de documentación adjunta que respaldara los antecedentes y pruebas presentadas por los demandantes.
Lee también: Controles viales del fin de semana: 58 actas de infracción y 45 vehículos retenidos
Asimismo, la sentencia cuestionó la legitimidad de Costa Brutten para presentar el amparo colectivo, ya que no se acreditó su condición de usuario del pase residente, un requisito fundamental para representar al colectivo afectado.
El fallo también determinó que el amparo no es el procedimiento adecuado para resolver las cuestiones planteadas, que implican un análisis profundo de actos administrativos y contratos. Según el tribunal, estos temas deben ser tratados en un proceso contencioso administrativo, donde se pueden evaluar con mayor detalle los aspectos legales y contractuales involucrados.
Te puede interesar
Últimas noticias